El Pleno está integrado por todos los diputados y diputadas y es presidido por su Presidente, le corresponde las atribuciones enumeradas en los siguientes preceptos: Artículo 33 de la Ley 7/85, 28 del Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de régimen local y 70 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Pleno Extraordinario de fecha 14 de julio de 2023. Acuerdo nº 133/23.

Las sesiones ordinarias del Pleno tendrán periodicidad mensual y se celebrarán el último viernes de cada mes, a las diez de la mañana, adelantándose al día hábil inmediatamente anterior si aquél fuera festivo. No obstante, y conforme prevé el artículo 49 del Reglamento Orgánico “in fine”, el Presidente, en casos excepcionales y oída la Junta de Portavoces, podrá modificar la fecha y la hora de celebración, debiendo en todo caso motivar las razones de la modificación.

GRUPO PROVINCIAL POPULAR (14)

Presidente

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