Ordenanzas reguladoras de tributos y precios públicos

En la esfera de sus competencias las Entidades Locales podrán aprobar sus Ordenanzas y Reglamentos, en ningún caso contendrán preceptos opuestos a las Leyes.

La aprobación de las Ordenanzas se ajusta al siguiente procedimiento:

  • Aprobación inicial por el Pleno.
  • Información Pública y audiencia a los interesados para presentación de reclamaciones y sugerencias en un plazo mínimo de 30 días.
  • Resolución de las reclamaciones y sugerencias presentados en plazo y aprobación definitiva por el Pleno.

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