El Presidente de la Diputación

ATRIBUCIONES

Conforme establece el artículo 38 del Reglamento Orgánico de la Diputación Provincial de Valladolid, el Presidente o Presidenta de la Diputación –cuya elección y destitución se rige por lo dispuesto en la legislación electoral- preside la Corporación y ostenta las atribuciones conferidas por la normativa vigente, constituida principalmente por los artículos 34 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 29 del Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local aprobado por el RDL 781/86 y 61 del Reglamento de Organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales aprobado por RD 2568/86.

DELEGACIONES CONFERIDAS EN LA JUNTA DE GOBIERNO

El apartado segundo del artículo 40 del Reglamento Orgánico prevé la posibilidad de que el Presidente o Presidenta pueda efectuar delegaciones a favor de la Junta de Gobierno como órgano colegiado, estableciendo el artículo 47 de la citada norma que la Junta de Gobierno ejercerá las atribuciones que le deleguen el Presidente o Presidenta o el Pleno, además de aquellas que expresamente le atribuyan las leyes.