Solicitud licencia de obras

En las Vías Provinciales cuya titularidad pertenece a la Diputación de Valladolid, es necesario solicitar una autorización de esta Institución para la ejecución de cualquier obra que afecte, por su proximidad, a la carretera. Así, obras de construcción de edificios, naves, vallas; remodelación de fachadas, colocación de postes u otros elementos fijos, construcción de accesos a fincas, pasos de calzada para tuberías de riego, tendidos eléctricos aéreos o enterrados, en el ámbito de la carretera, requieren de la autorización expresa previa de esta Institución.

A este respecto, cabe distinguir dos ámbitos por los que discurren las carreteras, zonas urbanas y zonas interurbanas.

  • Tienen la consideración de zonas urbanas aquellos tramos de la carretera que discurren por el suelo clasificado como urbano por el correspondiente instrumento de planeamiento urbanístico o territorial del municipio o población.
  • Son zonas interurbanas aquellas que están fuera de los cascos urbanos de los municipios por los que transitan.

Si la obra a ejecutar se localiza en casco urbano, la autorización para su realización corresponde al Ayuntamiento respectivo, debiendo respetarse las distancias y demás condicionantes que pudieran establecer el Plan de Ordenación Urbana o las Normas Urbanísticas Municipales en vigor. No obstante, si las obras afectan a la zona de dominio público de la carretera, entendida como la calzada y sus elementos funcionales (excluidas las aceras si existieran), será necesario el informe vinculante de esta Institución.

Si la obra a ejecutar se encuentra en zona interurbana, deberá solicitarse autorización siempre y cuando el elemento de dicha obra más cercano a la carretera esté a menos de 30 m. medidos desde la arista exterior de la explanación, es decir, la línea que determina la cuneta en su intersección con la parcela.

Solicitada la pertinente autorización, y tras la visita e inspección del lugar de las obras, si fuese necesario, y abono por el interesado de las tasas que proceda liquidar conforme a la "Ordenanza reguladora de la tasa por expedición de las licencias de obras y aprovechamientos especiales en carreteras y caminos vecinales" en vigor, se concederá el permiso correspondiente en los términos que prevea la Ley 10/2008, de 9 de diciembre, de Carreteras de Castilla y León y el Reglamento de Carreteras de Castilla y León, aprobado por Decreto 45/2011, de 28 de julio, indicando las normas, distancias y condicionantes a cumplir para la ejecución de las obras.

En aquellas obras en las que durante su ejecución, pudiera provocarse el deterioro en la calzada o sus elementos, la Diputación de Valladolid podrá exigir la constitución de una fianza con carácter previo a la concesión de la pertinente licencia, para responder de la buena ejecución de las obras.

Tras la ejecución de la obra, y previa solicitud del interesado, se procederá a la devolución de la fianza constituida siempre y cuando la ejecución de la obra se haya efectuado conforme a lo indicado en la licencia y no se hayan provocado daños en la carretera. 

La solicitud del permiso podrá efectuarse bien a través de la Sede Electrónica de la Diputación de Valladolid, o bien mediante la presentación de un impreso de solicitud en el Registro General de la Diputación Provincial de Valladolid.

Solicitud para autorización de obra contigua a una carretera provincial

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Solicitud para devolución depósito previo

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