| Bop nº: | 189 |
| Fecha: | sabado, 16 de agosto de 2008 |
| Sección: | IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA |
| Organismo emisor: | JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4 |
| Suborganismo: | |
| Departamento: | VALLADOLID.-NÚMERO 4 |
| PDF del BOP: | http://www.diputaciondevalladolid.es/bop/sumarios/2008/agosto/bop20080816.pdf |
| PDF del artículo: | http://www.diputaciondevalladolid.es/bop/sumarios/2008/agosto/16/ref_2008_6255.pdf |
| Referencia: | 6255/2008 pág. 11 |
| Título: | Cédula de notificación en el procedimiento demanda 354/2008. |
| Texto: | |
| N.I.G.: 47186 4 0400410/2008 N° Autos: Demanda 354/2008 Materia: Despido Demandante/s: Jose Fernando de Diego García, Jose María Boal Pérez. Demandado/s: Acuster Instalaciones SL Cédula de Notificación D. Félix Mozo Méndez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 4 de Valladolid. Hago Saber: Que en el procedimiento Demanda 354/2008 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de D. Jose María Boal Pérez, Jose Fernando de Diego García contra la empresa Acuster Instalaciones SL, sobre Despido, se ha dictado la siguiente: Sentencia Valladolid, a doce de junio de dos mil ocho. Vistos por D. José Antonio Merino Palazuelo, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Valladolid, los presentes autos n° 354/08, sobre despido, seguidos a instancia de D. José Fernando de Diego García y D. José María Boal Pérez, representados y asistidos por la Graduada Social Dña. Ana Martín Castilla, frente a la empresa Acuster Instalaciones, S.L., que no comparece. Fallo Que estimando la demanda interpuesta por D. José Fernando de Diego García y D. José María Boal Pérez, frente a la empresa Acuster Instalaciones, debo declarar y declaro la nulidad del despido de que fueron objeto los actores el 31.01.2008, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por tal declaración y siendo imposible la readmisión de los demandantes al haber cesado la empresa en su actividad, se declara extinguida con esta fecha la relación laboral que unía a las partes, condenando asimismo a dicha empresa a abonar D. José Fernando de Diego García la cantidad de 17.167,8 euros, en concepto de indemnización y de 4.910,36 euros por lo que se refiere a los salarios de tramitación, y a D. José María Boal Pérez la cantidad de 15.644,85 euros en concepto de indemnización y de 4.910,36 euros por lo que se refiere a los salarios de tramitación, sin perjuicio de la deducción de las cantidades que los trabajadores ya hubieran percibido, en su caso, en concepto de indemnización de conformidad con lo prevenido en el artículo 123.3 y 4 de la Ley de Procedimiento Laboral. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo la indicación de que contra la misma cabe interponer, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), recurso de suplicación, que se podrá anunciar en este Juzgado, por comparecencia o mediante escrito, en un plazo de cinco días a partir de la notificación, previa consignación de la cantidad objeto de la condena en la cuenta n° 3935/0000/65/0354/08 de Banesto, Oficina Principal de Valladolid, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en que conste la responsabilidad solidaria del avalista, y debiendo efectuar además el ingreso de 150,25 euros como depósito especial para interponer dicho recurso, todo ello en el caso de que el recurrente no fuera trabajador, su causahabiente, o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o no gozara del beneficio de Justicia Gratuita. Y para que le sirva de Notificación en Legal Forma a Acuster Instalaciones SL , en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Valladolid a veinticuatro de julio de dos mil ocho. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. El Secretario Judicial, Félix Mozo Méndez. | |